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Responsabilidad Civil de Fiduciarios, Fiduciantes y Adherentes.

Si bien hemos repetido hasta el cansancio de que el fideicomiso no es más que un contrato, que contiene el marco regulatorio de los derechos y obligaciones de las partes que lo suscriben en cualquier carácter sean fiduciantes, beneficiarios o fiduciarios, lo cierto es que existen otras responsabilidades que deben por lo menos conocerse.

Situaciones cada día más complejas nos permiten advertir que hasta que se logre la liquidación del contrato o el cumplimiento estricto del objeto, todos sus integrantes estarán sujetos y expuestos a la realización de aportes frente a posibles acreencias.

El patrimonio del fideicomiso se mantiene separado del patrimonio individual de su fiduciario e incluso de sus miembros, pero serán dichos miembros quienes con cuotas, o aportes extraordinarios, solventarán la suerte del negocio.

Por ende deberán siempre conocerse las alcances de las obligaciones que generan la responsabilidad civil entre miembros y frente a terceros.

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