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Interdictos de Obra Nueva y Denuncias de Daño Temido

Creemos que brindar información y asesoramiento sobre ciertas herramientas que la ley brinda para proteger no solo su propiedad, sino para protegerse a usted mismo, evita accidentes más riesgosos.

Por supuesto que para utilizar cada una de esas herramientas deben conocerse los extremos que la ley exige, pero lo cierto es que ante temores muy fundados que importen riesgo a bienes o personas, las acciones interdictales resultan sin dudas el remedio adecuado.

Con la mayor responsabilidad que podemos, también afirmamos que su utilización no debe ser un bumerang, que a futuro lo obligue a responder, sino que deben extremarse los recaudos técnicos para conocer cuándo deben interponerse interdictos o denuncias de daño temido.

Pero como dijimos más arriba, contamos con asesores técnicos, profesionales arquitectos e ingenieros que con conciencia evaluarán sus propiedades y podrán afirmar o no, la existencia de riesgos serios y estructurales o su inexistencia.

Para los profesionales, siempre sostenemos que a la hora de enfrentar estas acciones deben extremarse los cuidados, pero además abrirse un canal de diálogo fluido con los afectados y sin lugar a dudas con las compañías de seguro, que brindan los seguros de obra para intentar minimizar daños y proteger principalmente el bien más preciado, que es la vida. Tanto de obreros por cuánto de vecinos o terceros.

Demasiados accidentes y acciones penales largas, costosas y dolorosas nos permiten sostener que cada vez que ser presenten situaciones que técnicamente se presenten como riesgosas, deberán ponerse en marcha este tipo de acciones.

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